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Imagen original: Ministerio del Interior / gub.uy
El incremento de balaceras en barrios de Montevideo y su área metropolitana ha intensificado la preocupación por la letalidad de los conflictos entre bandas y el riesgo de víctimas colaterales.
En ese contexto, el Ministerio del Interior prepara un decreto para limitar de manera significativa la venta y tenencia de municiones de uso civil, bajo el argumento de que el mercado legal constituye una vía de abastecimiento para el circuito delictivo, a través de hurtos, extravíos y transacciones irregulares.
Sin embargo, el sector importador y las armerías, por su parte, advierten que el régimen actual ya es de los más estrictos de la región y que cupos cuantitativos podrían afectar a tiradores deportivos y a quienes ejercen la legítima defensa, sin impactar de forma sustancial el contrabando fronterizo.
Lo único comprobable es que si hay control estricto de la venta de municiones es más fácil la trazabilidad del potencial delito. Pero nunca el razonamiento es así de lineal en materia de seguridad pública. El mercado negro siempre va a existir
El principal desafío consiste entonces en demostrar, con evidencia, si una reducción de la disponibilidad legal de municiones se traduce en una menor circulación de cartuchos en el mercado clandestino, mientras se avanzan en sistemas de trazabilidad, control de stocks y análisis de patrones de compra.
A continuación, este tema se aborda en el Monitor de Seguridad de CERES.
Más armas, más violencia
En los últimos años, la agenda de seguridad pública en Uruguay ha estado fuertemente marcada por una transformación en las dinámicas de la delincuencia, manifestada principalmente en el incremento de balaceras en diversos barrios de Montevideo y su área metropolitana. En menor medida algunas ciudades del interior y de la frontera.
Este fenómeno, que genera una honda preocupación social por la probabilidad de víctimas colaterales y el aumento en la letalidad de los conflictos entre bandas de delincuentes, motivó que el ministro del Interior, Carlos Negro, anunciara la preparación de un decreto para regular y limitar de manera drástica la venta y tenencia de municiones de armas de fuego para uso civil.¹
La premisa fundamental detrás de esta iniciativa gubernamental sostiene que el mercado legal de armamento y proyectiles actúa en la práctica como una fuente de abastecimiento para las bandas criminales, un postulado respaldado por organismos como la Organización de los Estados Americanos.²
De acuerdo con las declaraciones del gerente del Área de Estadística y Criminología Aplicada (AECA), Diego Sanjurjo, las municiones y armas nacen legales en casi la totalidad de los casos, desviándose hacia los circuitos clandestinos mediante robos a propietarios legítimos, extravíos o transacciones grises que aprovechan vacíos regulatorios.³
Por su parte, el sector importador y comercial —representado por las armerías habilitadas y la Cámara de Importadores de Armas y Municiones— expresó sus reparos ante estas disposiciones. Los operadores privados sostienen que el mercado formal uruguayo ya se encuentra sujeto a una de las fiscalizaciones más estrictas de la región, y afirman que imponer límites cuantitativos severos a los civiles autorizados afectará el derecho a la legítima defensa y al deporte sin impactar de manera real en las redes de criminalidad organizada, las cuales se abastecen mayoritariamente de munición e insumos de contrabando fronterizo.?
El debate expone así una tensión profunda entre el enfoque de desarme civil como estrategia de pacificación urbana y la defensa de la tenencia responsable regulada.
Disposiciones de importación
La importación de municiones, pólvoras, fulminantes y partes esenciales de armas en Uruguay está centralizada bajo la competencia del Servicio de Material y Armamento (SMA) del Ejército Nacional.? Este organismo del Ministerio de Defensa Nacional actúa como regulador técnico y depósito fiscal obligatorio para todo el material controlado que ingresa al país por las vías aduaneras.
Las empresas registradas como importadoras deben tramitar a través de VUCE (Ventanilla Única de Comercio Exterior, la expedición del Permiso de importación de mercaderías controladas ante el Departamento de Importaciones del SMA. El proceso requiere que el importador cuente con habilitaciones comerciales vigentes (DGI, BPS, Certificado de Antecedentes Judiciales de los propietarios, y el Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas).
Una vez autorizado el ingreso físico de la mercadería por la Dirección Nacional de Aduanas, el lote de municiones debe ser trasladado de forma directa al polvorín y depósito fiscal del SMA bajo custodia militar. Allí se efectúan las pericias de control técnico y se labran las actas de recepción previas al retiro por parte de las armerías comerciales.
La venta en armerías
En nuestro país hay unas 80 armerías, la mayoría de ellas empresas unipersonales. Para ser propietario de una armería se requiere tener vigente el Título de Habilitación para la Adquisición y Tenencia de Armas (THATA), lo que significa que el propietario no tiene antecedentes judiciales.
El THATA actúa como la llave de acceso al mercado legal de armas y tiene una vigencia de 5 años, mientras que la Guía de Posesión (que certifica la propiedad individual del arma registrada ante el SMA) tiene una validez de 10 años. Además del comercio de cartuchos terminados, la ley regula los locales de carga y recarga de municiones.
Aquellas personas o empresas que deseen recargar proyectiles para uso personal o comercial deben obtener una habilitación especial del SMA, la cual se renueva cada tres años previo cumplimiento de inspecciones de manejo de materiales peligrosos y de seguridad edilicia, la presentación del THATA vigente y la licencia de recargador correspondiente.
La adquisición de municiones requiere la presentación del THATA, la guía correspondiente al arma para la cual se adquieren las municiones y la cédula de identidad del comprador. Asimismo, el adquirente únicamente puede comprar municiones del calibre autorizado para el arma registrada, toda la documentación queda asociada a la factura correspondiente y a su vez las armerías recomiendan a sus clientes que conserven la factura de compra por cualquier situación que pueda surgir.
Ante la falta de alguno de los documentos requeridos o si estos se encuentran vencidos, la venta no se realiza. La normativa vigente no establece límites cuantitativos para la adquisición de municiones y desde el año 2016, las armerías están obligadas a remitir al Ministerio del Interior, con una periodicidad de 72 horas, un informe en formato digital que incluya la identidad del comprador, el número del THATA, la guía del arma, el calibre, el modelo, la marca y la cantidad de municiones comercializadas.
Recientemente, por disposición del Ministerio del Interior, esta información pasó a ser enviada en forma quincenal. Asimismo, deben enviar en forma semestral una declaración jurada de control de stock.
50 unidades
Las municiones se comercializan en cajas cerradas de 50 unidades. En el caso del calibre 9mm (utilizadas en pistolas), el precio promedio de venta es de USD 55 por caja, mientras que las correspondientes al calibre .38 (utilizadas en revólveres) tienen un valor aproximado de USD 75 por caja.

Formulario que remiten las armerías informando las ventas de municiones
Una caja de una marca que no se comercializa en Uruguay, hallada tras una balacera ocurrida en el barrio Peñarol en Montevideo, es comercializada en la República Argentina a un precio aproximado de USD 35.
Todo está conectado en el Mercosur. En mayo de este año, la fiscalía Federal de Campana, Argentina, desbarató una organización que se dedicaba a adquirir, transferir y comercializar armas de fuego y municiones sin autorización, mediante la utilización de personas interpuestas que figuraban como titulares del armamento.
Las armas eran retiradas del circuito formal de control y transferidas dentro de la estructura investigada para, posteriormente, ser incorporadas al mercado ilegal. En algunos casos, el armamento era adulterado mediante la supresión de su numeración identificatoria y destinado incluso a su comercialización en países limítrofes. Unas 120 armas y más de 40.000 municiones de distinto calibre fueron incautadas.
En ese contexto, se estableció que al menos 742 armas de fuego figuraban registradas a nombre de los presuntos integrantes de la organización, pero no fueron halladas ni en su poder ni en los domicilios declarados como lugar de guarda.?

Foto: Telenoche.com.uy
El consumo de munición de una persona que podría ser considerada un “tirador”, es decir, alguien que practica el tiro por afición y concurre al polígono al menos una vez por semana como mínimo, realiza 50 disparos por sesión. Un tirador deportivo que se prepara para una competencia supera ampliamente esa cantidad.
Del marcado formal al clandestino
El Ministerio del Interior sostiene que la elevada tenencia civil de armas adquiridas legalmente facilita su posterior utilización en delitos violentos, principalmente mediante hurtos a sus legítimos poseedores, lo que fundamenta una mayor regulación de la venta de municiones.
De acuerdo con registros del AECA, anualmente se denuncian aproximadamente 1.300 hurtos de armas de fuego. Esta cifra no discrimina entre armas largas y cortas, tampoco especifica si incluye a las armas hurtadas a funcionarios policiales, ni permite determinar cuántas corresponden específicamente a pistolas, que constituyen uno de los principales tipos de armas empleadas en los enfrentamientos y ataques entre bandas delictivas.
Considerando que una parte significativa de las armas utilizadas en homicidios y otros delitos violentos corresponde a armas cortas —especialmente pistolas calibre 9 mm— y a armas calibre .223, el proyecto de decreto, que aún está a estudio, establece un límite de adquisición de 250 cartuchos anuales por persona para dichas categorías. Para el resto de las armas cortas, la propuesta fija un máximo de 1.000 cartuchos por año. En el caso de las armas largas, utilizadas principalmente en actividades de caza y tiro deportivo, el límite previsto asciende a 2.500 cartuchos anuales por cada arma registrada.¹?
Nuevas leyes y reformas necesarias
En el marco del Plan Nacional de Seguridad Pública, el gobierno recibió la propuesta, Sistema Nacional de Trazabilidad, Fiscalización y Monitoreo, presentada por los doctores Marcelo Souto y Juan Pablo Novella. El proyecto plantea una reingeniería profunda del rol supervisor del Estado, estructurada de manera progresiva en tres etapas temporales a desarrollarse a nivel nacional entre 2026 y 2028.¹¹
Durante la Etapa 1 (2026), el esfuerzo está concentrado en el diseño del nuevo marco normativo de control y el desarrollo de la plataforma de software que unificará la información del SMA y de la Policía Nacional. En la Etapa 2 (2027), se prevé la aplicación del sistema de control en las fronteras, los locales comerciales habilitados y las propias instituciones armadas.
Finalmente, en la Etapa 3 (2028), el sistema tecnológico de trazabilidad de municiones quedará integrado plenamente con el sistema de inteligencia. Entre las medidas más relevantes del programa se destaca el establecimiento de límites cuantitativos de compra individual y familiar, y la creación de un sistema informático centralizado que genere alertas automáticas en tiempo real ante consumos considerados inusuales (por ejemplo, transacciones que superen las 1.000 municiones mensuales por persona) para evitar las maniobras de acopio fraccionado.
Asimismo, prevé restituir el marcaje físico estampado en el metal de las piezas esenciales en cada lote de importación y el depósito de muestras balísticas en la Policía Científica, revirtiendo la flexibilización de los controles técnicos de años anteriores.
Asimismo, la Fiscalía General de la Nación presentó propuestas de ajuste legislativo y penal con el fin de endurecer la dosimetría punitiva para los infractores de la Ley de Armas. La propuesta apunta a excluir del régimen de Libertad a Prueba a aquellos delincuentes reincidentes imputados por los delitos de Porte de Arma por Reincidente, Porte y Tenencia de Armas de Fuego sin la debida autorización, y Porte de Armas en Lugares Públicos, exigiendo que cumplan penas de prisión efectiva no menores a 20 meses.
A su vez, se busca agilizar la coordinación de la investigación penal exigiendo al Servicio de Material y Armamento del Ejército que expida los informes registrales y de propiedad solicitados por los fiscales en un plazo máximo de 24 horas (inclusive durante horas inhábiles cuando se cuente con personas detenidas en flagrancia), optimizando los tiempos del proceso judicial.
El pasado mes de junio, en el Parlamento se presentó un proyecto de ley impulsado por el diputado Alejandro Zavala del Frente Amplio, que propone modificaciones al marco regulatorio vigente, buscando reforzar los mecanismos de control y trazabilidad, así como a introducir cambios en determinadas disposiciones del Código Penal.
El proyecto busca ampliar el alcance de la normativa a las armas de aire comprimido y las electromagnéticas, establece nuevas disposiciones sobre su tenencia, porte, modificación y comercialización. Asimismo, propone un régimen de sanciones más riguroso para determinadas conductas y busca fortalecer el intercambio de información entre el SMA, Aduanas y las unidades operativas de la Policía Nacional, con el objetivo de facilitar el control y el seguimiento de armas y municiones.
Por su parte. la Comisión de Seguridad Pública y Convivencia de la Cámara de Senadores tiene a estudio dos proyectos de ley referidos a la tenencia y porte de armas, uno que fue presentado en 2022 por el entonces senador Mario Bergara y desarchivado en 2025, y otro del senador Carlos Camy presentado en 2025.
El ShotSpotter y la fiscalía especializada
La incorporación de tecnologías avanzadas como el ShotSpotter, en conjunto con la creación de una fiscalía sub especializada en trazabilidad balística, representa un avance sustancial en la investigación de los delitos vinculados al uso de armas de fuego. Asimismo, a partir de este mes se incorporan drones nido, operados de forma remota desde el CCU (Centro de Comando Unificado). Ante la detección de disparos, estos dispositivos se desplazan de manera autónoma hacia el lugar del incidente permitiendo una respuesta rápida y una mejor preservación de la escena.¹²
Los drones pueden operar en condiciones climáticas adversas, cuentan con una autonomía de hasta 40 minutos y están equipados con cámaras térmicas, lo que facilita la detección de personas que intenten ocultarse. En el ámbito de la investigación forense, el rápido aseguramiento de la escena del crimen permite garantizar la adecuada recolección de las vainas servidas y otros elementos de interés probatorio.
Estos indicios son posteriormente analizados por la Fiscalía Penal de Montevideo de Flagrancia de 12º Turno, fiscalía especializada creada específicamente para intervenir en los casos detectados por el sistema ShotSpotter.¹³
Recientemente el Ministerio del Interior publicó datos acerca de la incautación de armas y municiones correspondientes al primer semestre de los últimos tres años.¹? En este informe, el dato que más llama la atención corresponde a las municiones incautadas. Durante el primer semestre de 2026 se incautaron 82.225 municiones, una cifra que prácticamente quintuplica la registrada en igual período de 2025, cuando fueron incautadas 14.931, y cuadriplica la de 2024 que alcanzó las 19.035.
El incremento adquiere particular relevancia no solo por su magnitud, sino también porque se produce en un contexto de creciente preocupación por la disponibilidad y circulación de municiones vinculadas a hechos delictivos.
En la memoria anual del Ministerio del Interior del año 2025, se había informado la incautación de 1.721 armas cortas, 724 armas largas y un total de 40.255 municiones de diferentes calibres. El Comisario General Fernando Noble, Director Nacional de Policía Científica, expresó su preocupación por las transformaciones que se realizan en las armas para aumentar el poder de fuego, así como por la existencia de un importante tráfico internacional de cartuchos.

Elaboración propia con base en datos del Ministerio del Interior

Elaboración propia con base en datos del Ministerio del Interior
¿Limitar o no limitar?
La discusión sobre una mayor regulación de la venta de municiones plantea una pregunta central: ¿limitar la cantidad de munición que puede adquirir un usuario legal se traducirá efectivamente en una menor disponibilidad de municiones en el mercado informal? La respuesta no es sencilla. El principal desafío será demostrar, con evidencia, si una reducción de la disponibilidad en el mercado legal tiene como consecuencia una disminución equivalente en el mercado clandestino.
La información que actualmente remiten las armerías con las ventas de municiones no debería ser considerada únicamente como un formulario de control. Por ejemplo, hoy podría conocerse que cantidad de municiones de determinado calibre se comercializan en nuestro país. Tiene que ser el punto de partida para un sistema de información que permita analizar quién compra municiones, qué compra, cuánto compra, para qué arma, con qué frecuencia y cómo evoluciona ese comportamiento en el tiempo.
La información también podría cruzarse con otras bases institucionales y transformarse en una herramienta preventiva de inteligencia, capaz de detectar tempranamente posibles desvíos desde el mercado legal hacia el mercado informal.
Aunque puede haber casos excepcionales, quienes poseen armas por motivos deportivos, como hobby o por necesidad, y les dan un uso legítimo, se encuentran sujetos a la normativa vigente, entre otras razones, porque saben que una eventual condena por un delito pierde el derecho de acceder al THATA.
La legislación debe ser firme con quien utiliza las armas para delinquir, pero también prudente para no terminar castigando, de manera indirecta, a quienes cumplen con las normas. Endurecer las exigencias, multiplicar las restricciones y dificultar innecesariamente el acceso de los legítimos usuarios puede producir un efecto contrario al buscado: empujar a algunos de ellos fuera del circuito legal y favorecer, en lugar de combatir, la informalidad y el contrabando.
El desafío, por tanto, no debería ser hacer más difícil la vida del usuario que cumple, sino cerrar las puertas por las que el delincuente accede a las armas y las municiones.
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1 https://www.subrayado.com.uy/carlos-negro-anuncio-decreto-limitar-la-venta-balas-y-dijo-que-criticas-la-oposicion-debilitan-el-estado-derecho-n1010465
2 https://www.elobservador.com.uy/nacional/experto-la-oea-trafico-armas-es-muy-fuerte-la-evidencia-que-nos-muestra-que-el-mercado-legal-tambien-abastece-al-mercado-ilegal-n6023446
3 https://www.telenoche.com.uy/nacionales/reforma-municiones-sanjurjo-afirmo-que-el-mercado-legal-armas-alimenta-la-delincuencia-n5401431
4 https://radiocarve.uy/armerias-cuestionan-el-proyecto-para-endurecer-el-control-de-armas-quieren-reglamentar-algo-que-ya-esta-reglamentado/
5 https://www.impo.com.uy/bases/leyes/19247-2014
6 https://www.impo.com.uy/bases/decretos/377-2016
7 https://www.impo.com.uy/bases/decretos/229-2021
8 https://uuee.ejercito.mil.uy/rna/departamento-importaciones/
9 https://www.fiscales.gob.ar/crimen-organizado/trece-personas-fueron-indagadas-acusadas-de-conformar-una-organizacion-criminal-que-adquiria-y-comercializaba-armas-mediante-testaferros/
10 https://ladiaria.com.uy/justicia/articulo/2026/6/limites-a-municiones-tope-de-armas-cortas-y-trazabilidad-los-cambios-que-propone-el-ministerio-del-interior/
11 https://www.gub.uy/plan-nacional-de-seguridad-publica/armas-de-fuego-y-municionespropuestas-formuladas-por-las
12 https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/noticias/ccu-capacito-funcionarios-para-manejo-drones-nido-nueva-tecnologia-brindara
13 https://www.elobservador.com.uy/nacional/ferrero-instalara-fiscalia-especializacion-armas-y-ya-designo-quien-ocupara-el-cargo-n6038279
14 https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/noticias/incautacion-armas-fuego-aumento-2026-cartucheria-crecio-450