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¿Es aplicable el modelo salvadoreño de cárceles en Uruguay?
Guardia de seguridad en el Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT). (EFE)
En medio del debate sobre cómo enfrentar la inseguridad y reformar el sistema penitenciario, Uruguay mira de reojo el modelo de El Salvador. Allí, una política de encarcelamiento masivo desplomó la tasa de homicidios, pero lo hizo a un precio altísimo: la erosión del Estado de derecho y la eliminación de garantías fundamentales. Con una tasa de prisión muy inferior a la salvadoreña, Uruguay ya gasta más de USD 130 millones anuales en cárceles; adoptar el enfoque salvadoreño dispararía la presión sobre el sistema y las finanzas públicas, perpetuando un modelo ineficiente.
A continuación, los expertos en criminología Dr. Gonzalo Croci y la Lic. Joaquina Pérez comparan las realidades de ambos países y reflexionan sobre las lecciones a tomar en cuenta al comparar números y gastos hipotéticos entre el sistema penitenciario salvadoreño y el uruguayo.
Estado crítico: ¿soluciones rápidas?
El sistema carcelario uruguayo atraviesa una situación crítica, caracterizada por altos niveles de hacinamiento, condiciones inhumanas de reclusión y una institucionalidad penitenciaria que evidencia problemas estructurales. Ante este panorama, el modelo impulsado por el presidente Bukele en El Salvador comienza a llamar la atención en sectores de la opinión pública de la región.
La marcada caída en los homicidios de 2,398 en 2019 a 496 en 2022, fue interpretada por muchos como una prueba irrefutable de eficacia. Sin embargo, ¿Qué implican estas políticas? ¿Cuáles son los posibles impactos de importar este modelo en Uruguay? ¿Cuál sería el costo de adoptar un enfoque centrado exclusivamente en la represión?
En 2015, El Salvador se ubicó como el país con la tasa de homicidios más alta del mundo, con 103 homicidios por cada 100.000 habitantes, frente a un promedio mundial de 6. Desde entonces, esa cifra ha disminuido de manera significativa: en 2024, la tasa oficial cayó a 1,9 homicidios por cada 100.000 habitantes (UNODC, 2024).
Un punto de inflexión en esta tendencia ocurrió en marzo de 2022, cuando, tras un ataque que dejó 87 muertos en un fin de semana, el gobierno instauró un régimen de excepción constitucional —originalmente previsto para durar treinta días— que continúa vigente hasta la actualidad.
Este régimen habilita detenciones sin orden judicial, permite la realización de juicios colectivos y suprime garantías procesales clave en los procedimientos administrativos.
Desde su implementación, más de 85.000 personas han sido privadas de libertad bajo condiciones que diversos organismos internacionales califican como contrarias al derecho internacional de los derechos humanos (Human Rights Watch, 2024; WOLA, 2025). Actualmente, El Salvador tiene la tasa de encarcelamiento más alta del mundo, con 1.659 personas privadas de libertad por cada 100.000 habitantes.
Gráfico 1: Países con mayores tasas de encarcelamiento del mundo.
Fuente: elaboración propia basada en datos del World Prison Brief (2025).
A este contexto se suma la reciente aprobación de reformas constitucionales que consolidan las facultades excepcionales y prolongan la restricción de derechos fundamentales. La reforma constitucional de julio de 2025 habilita la reelección indefinida del presidente, elimina la segunda vuelta electoral y extiende el mandato a seis años, confirmando la consolidación de un Ejecutivo sin límites institucionales.
Este cambio político refuerza las dinámicas de deterioro institucional analizadas, al reforzar la lógica de excepción permanente y restringir aún más los espacios de derechos y control democrático.
Si bien el descenso en la tasa de homicidios es presentado como evidencia de éxito del modelo, su aparente efectividad debe interpretarse con cautela. Las estadísticas oficiales no se rigen por el Protocolo de Bogotá1. Los datos de El Salvador al no seguir los parámetros de este protocolo dificultan su comparación internacional. Entre otros aspectos allí se excluyen los homicidios ocurridos en enfrentamientos con fuerzas de seguridad y los cuerpos hallados en fosas comunes. A ello se suma una marcada opacidad institucional, con severas restricciones al acceso a información sobre violencia, cárceles y políticas de seguridad.
El camino salvadoreño
La narrativa oficial que asocia el descenso de homicidios con la efectividad del modelo oculta los costos institucionales y humanos de una política centrada en la represión. Las fuerzas de seguridad lanzaron una ofensiva masiva contra las pandillas, acompañada por reformas legales de alto impacto.
Una de las disposiciones más controvertidas fue la modificación del código penal que permite juzgar como adultos a menores de tan solo 12 años (BBC, 2022). Entre los detenidos se encuentran más de 3.300 niños, muchos de los cuales no tenían vínculos comprobados con estructuras criminales, pero fueron arrestados arbitrariamente y sometidos a condiciones inhumanas: maltratos, tortura y reclusión junto a adultos según el informe de Human Rights Watch (HRW) del 2024.
Según el reporte mencionado en varios casos, se los obligó a confesar delitos bajo coacción, y las condenas se basaron en figuras penales vagas y pruebas poco confiables. Por el momento el régimen de excepción no resolvió el problema estructural de la inseguridad ciudadana, sino que lo encapsuló dentro del sistema penitenciario mediante una política de encarcelamiento masivo.
Esta estrategia responde más a una lógica de control autoritario que a una política de seguridad sostenible. En paralelo, el sistema de justicia sufrió un deterioro institucional importante: diversos organismos internacionales advierten sobre la pérdida de independencia del Poder Judicial y la subordinación del Ministerio Público al Ejecutivo.
La justicia penal dejó de funcionar como un contrapeso institucional, transformándose en una herramienta operativa del aparato represivo estatal. Esta debilitación no es únicamente formal, sino funcional, los jueces han avalado juicios colectivos, prolongaciones arbitrarias de la prisión preventiva, y condenas basadas en pruebas débiles o inexistentes (WOLA, 2025; HRW, 2024).
Como resultado la infraestructura penitenciaria ha colapsado, generando condiciones de reclusión que violan sistemáticamente los derechos humanos. Human Rights Watch documentó muertes bajo custodia sin investigación adecuada, desapariciones forzadas encubiertas por la falta de registros, y el desconocimiento del paradero de miles de detenidos, lo que configura un patrón de desaparición forzada de facto (OEA, 2024).
La ausencia de programas de rehabilitación o reinserción social consolida un modelo punitivo centrado en la exclusión. Lejos de atender las causas estructurales de la violencia (como la pobreza, la desigualdad, la exclusión territorial y el funcionamiento de los mercados ilegales), el gobierno optó por una estrategia de “neutralización” a través de la privación masiva de libertad, priorizando resultados inmediatos en términos de percepción de seguridad sobre la construcción de políticas públicas sostenibles.
Como concluye WOLA (2025), este tipo de prácticas no solo deterioran el Estado de derecho, sino que consolidan un régimen donde la justicia se aplica sin garantías, y la libertad deja de ser un derecho para convertirse en una concesión del poder.
Resultados versus derechos
A pesar de que existe amplia evidencia sobre la ausencia de garantías en las etapas de persecución, detención, procesamiento y encarcelamiento, hay sectores que justifican estos hechos aludiendo a los resultados en materia de seguridad pública. Sin embargo, este enfoque omite deliberadamente el análisis de dimensiones clave, como el impacto económico de sostener un modelo basado en la detención masiva y la destrucción del sistema del debido proceso mencionado anteriormente.
Basado en datos de El Libro Blanco de Reforma Penitenciaria en Uruguay (2024), el costo estimado por persona privada de libertad (PPL) en 2023 fue de aproximadamente 957 pesos uruguayos diarios2, lo que equivalía a USD 24,66 al tipo de cambio promedio anual de ese año (38,8 UYU/USD).
Con una población penitenciaria de 14.980 personas, el gasto diario del sistema penitenciario alcanzó los 14,3 millones de pesos uruguayos (USD 368.000), lo que representó cerca de 430 millones de pesos mensuales (USD 11,08 millones) y más de 5.229 millones de pesos anuales (USD 134,7 millones) para el Estado.
Si se tomara como referencia la tasa de encarcelamiento de El Salvador, 1.659 personas por cada 100.000 habitantes, y se aplicara al caso uruguayo, la población carcelaria ascendería a unas 59.576 personas. Bajo ese escenario, y tomando como referencia el costo estimado en 2023 del INR, el gasto diario superaría los 56,9 millones de pesos uruguayos (USD 1,47 millones), con un costo mensual cercano a 1.707 millones de pesos (USD 43,98 millones) y un gasto anual de aproximadamente 20.485 millones de pesos (USD 527,8 millones), calculados con la tasa de cambio promedio de 2023 (38,8 UYU/USD).
Esto implicaría destinar a cárceles prácticamente el mismo monto que el presupuesto total del MIDES en 2023, equivalente a 18.509 millones de pesos uruguayos (USD 477,06 millones) (MEF, 2025), lo que evidencia la enorme presión fiscal que supondría un modelo centrado exclusivamente en el encarcelamiento masivo.
Además de los costos operativos vinculados a la reclusión (alimentación, higiene, seguridad, infraestructura y mantenimiento), también hay que tomar en consideración gastos indirectos significativos en el sistema judicial y policial, tanto en las etapas previas como posteriores a la reclusión en el INR.
Cabe señalar que todos estos incrementos de costos se proyectan manteniendo la situación actual del sistema penitenciario, sin implicar mejoras estructurales en las condiciones de reclusión ni en las capacidades institucionales del INR.
Gráfico 2: Comparativo de Gasto Anual, 2023.
Fuente: elaboración propia basada en datos del Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio del Interior, 2023.
En términos de gobernanza, los recursos públicos son limitados y su asignación eficiente es clave para el buen manejo del Estado. Mejorar las condiciones del sistema penitenciario es una prioridad legítima desde una perspectiva de derechos humanos; sin embargo, destinar recursos crecientes a su expansión bajo una lógica exclusivamente punitiva —y sin priorizar políticas de prevención, reinserción y rehabilitación— implica desatender otras áreas estratégicas como salud, educación o vivienda.
El crecimiento sostenido de la población penitenciaria en Uruguay —que pasó de 4.469 personas privadas de libertad en el año 2000 a 16.124 en 2024, un aumento del 261%— ha generado una presión sin precedentes sobre un sistema carcelario que ya opera en condiciones estructurales críticas. Según fuentes del Ministerio del Interior del Uruguay la cifra de presos en Uruguay ya superó las 16.500.
A pesar de algunos cambios en infraestructura, este aumento no fue acompañado de reformas profundas que garanticen sostenibilidad. Como señala Dammert (2023), el encarcelamiento masivo distorsiona las prioridades del Estado y produce resultados decrecientes frente a costos crecientes. Además, implica un importante costo de oportunidad: invertir en medidas de eficacia limitada para reducir el delito en lugar de fortalecer servicios públicos esenciales que inciden directamente en la cohesión social.
A ello se suma un dato alarmante: Uruguay registra una tasa de reincidencia del 65%, una de las más altas de América Latina. Esto significa que una parte considerable de quienes egresan del sistema penitenciario vuelve a delinquir, perpetuando un circuito de exclusión, violencia y gasto estatal reiterado.
En este escenario, mantener una estrategia centrada en el encarcelamiento masivo resulta no sólo costoso e ineficiente, sino también socialmente regresivo. La ausencia de programas efectivos de rehabilitación compromete la capacidad del sistema para generar cambios sostenibles, y contribuye a la expansión de redes criminales dentro y fuera de las cárceles.
Sin un enfoque integral, la prisión no corrige, sino que reproduce las condiciones que alimentan el delito y las redes criminales. En consecuencia, este modelo erosiona las bases del Estado de derecho al normalizar la excepción como forma de gobierno y el castigo como única política pública.
Entre la urgencia y la libertad
El debate en torno a la seguridad y el modelo carcelario no puede analizarse en abstracto ni desligado del contexto regional. En América Latina, las respuestas punitivas ante el aumento del delito suelen imponerse con rapidez, pero rara vez son efectivas o abordan las causas estructurales que originan la violencia.
La naturaleza de los homicidios ha cambiado, asociada a una expansión de los mercados ilegales locales y de las redes criminales. Sin embargo, reducir el análisis del crimen organizado al número de homicidios es conceptualmente equivocado y empíricamente limitado. La violencia letal no es una medida del crimen organizado, sino un síntoma contingente de disputas, competencia o rupturas en el control de los mercados ilegales.
Los grupos criminales más consolidados suelen privilegiar mecanismos menos visibles, pero más eficaces —como la extorsión, la corrupción o la estabilidad de los mercados ilegales— para ejercer control sobre territorios e instituciones, y de esta manera evitar la atención de la prensa y las instituciones de seguridad pública. Por ello, las políticas que responden únicamente al alza de homicidios sin atacar las estructuras económicas que sostienen estas redes resultan insuficientes e incluso contraproducentes.
En lugar de actuar solo sobre los síntomas más visibles, como la violencia, se requiere una estrategia interinstitucional que aborde de manera integral el funcionamiento de los mercados ilegales, la corrupción y la gobernanza criminal. Sin una mirada más estructural y coordinada, el encarcelamiento masivo o la represión difícilmente alterarán las condiciones que permiten que estas organizaciones prosperen.
1El Protocolo de Bogotá, establecido en 2015, estandariza la recolección de datos sobre homicidios en América Latina mediante la integración de registros médicos y criminales. Su objetivo es garantizar estadísticas confiables y comparables, mejorar la transparencia y evaluar políticas de seguridad a partir de información precisa sobre víctimas, hechos y victimarios.
2Este valor se obtiene considerando la ejecución presupuestal total del Instituto Nacional de Rehabilitación (INR) en 2023, que ascendió a 5.229.720.338 pesos uruguayos e incluye Remuneraciones (incluye viáticos internos, externos y compensación choferes), Funcionamiento (alimentación, bienes de consumo y servicios, suministros y remuneraciones PPL) e Inversiones. El monto total se divide entre la población penitenciaria de 14.980 personas, lo que arroja un costo anual estimado por PPL de 349.076 pesos uruguayos. Este monto, dividido entre 365 días, da como resultado un costo diario estimado de 957 pesos uruguayos por persona.
BBC News Mundo. (2022). El Salvador: qué es el régimen de excepción que aprobó el Congreso tras una ola de homicidios. BBC News Mundo.https://www.bbc.com/mundo/noticias-america-latina-60949845
Dammert, L. (2023). El «modelo Bukele» y los desafíos latinoamericanos. Nueva Sociedad, (308), 4–15.
Human Rights Watch. (2024). “Your Child Does Not Exist Here”: Human Rights Abuses Against Children Under El Salvador's “State of Emergency” | HRW. Human Rights Watch.https://www.hrw.org/report/2024/07/16/your-child-does-not-exist-here/human-rights-abuses-against-children-under-el
Juanche Molina, A. (2022). Mapeo de alternativas a la privación de libertad [Consultoría]. Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD) & Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH). https://www.undp.org/sites/g/files/zskgke326/files/2023-02/informa_final_mapeo_de_medidas_alternativas_juance.pdf
Ministerio de Economía y Finanzas. (s.?f.). Visualización interactiva del Presupuesto Nacional. https://www.gub.uy/ministerio-economia-finanzas/pagina-embebida/visualizacion-interactiva-del-presupuesto-nacional
Ministerio del Interior. (2025). Segundo Censo Nacional de Personas Privadas de Libertad. Gobierno del Uruguay.https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/noticias/segundo-censo-nacional-personas-privadas-libertad
Ministerio del Interior. (2023). Reincidencia penitenciaria.https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/publicaciones/reincidencia-penitenciaria
Organización de los Estados Americanos. (2024). Estado de excepción y derechos humanos en El Salvador. II.https://www.oas.org/es/cidh/informes/pdfs/2024/informe_estadoexcepcionddhh_elsalvador.pdf
Vigna, A. (2024). Libro blanco de reforma penitenciaria en Uruguay. Montevideo: Ministerio del Interior (con apoyo del Banco Interamericano de Desarrollo) https://www.gub.uy/ministerio-interior/comunicacion/publicaciones/libro-blanco-reforma-penitenciaria-2024
Washington Office on Latin America. (2025, March 27). Mass Incarceration and Democratic Deterioration: Three Years of the State of Exception in El Salvador - WOLA. Washington Office on Latin America | WOLA.https://www.wola.org/analysis/mass-incarceration-and-democratic-deterioration-three-years-of-the-state-of-exception-in-el-salvador/