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Foto: Ministerio del Interior
El presidente Yamandú Orsi anunció el lunes 2 de marzo, durante su discurso ante la Asamblea General con motivo del balance del primer año de gobierno, la construcción de dos nuevas cárceles de máxima seguridad como parte del Plan Nacional de Seguridad.
La detención, a fines de 2025, de Luis Alberto Suárez Correa en Uruguay y de Luis Fernando Fernández Albín en Buenos Aires, identificados como principales líderes de organizaciones delictivas montevideanas, volvió a poner sobre la mesa un desafío crítico para el sistema penitenciario: la necesidad de garantizar un régimen de reclusión capaz de neutralizar y desactivar de forma efectiva su capacidad operativa y de mando.
El control de internos vinculados al crimen organizado y sus persistentes conexiones con el exterior constituye uno de los mayores desafíos para los sistemas penitenciarios a nivel global. El problema que enfrenta Uruguay también se observa en otros países de la región, como sucede con el Primer Comando Capital (PCC), que opera desde las prisiones en Brasil, o con el Tren de Aragua, cuya expansión regional tuvo uno de sus principales focos en la cárcel de Tocorón.
Si bien la implementación de regímenes de máxima seguridad, caracterizados por una vigilancia estricta y fuertes restricciones a la movilidad, puede resultar necesaria en determinados casos, su aplicación debe ser extremadamente rigurosa para evitar vulneraciones a los derechos fundamentales o derivar en situaciones de aislamiento solitario.
En este Monitor de Seguridad analizamos el estado de situación de las cárceles de máxima seguridad en Uruguay.
Rigor y derechos humanos
Para garantizar un equilibrio ético y legal, estos regímenes requieren una planificación meticulosa y personal capacitado que asegure, como mínimo, dos horas diarias de interacción humana significativa.
Asimismo, resulta imprescindible mantener una oferta de actividades socioeducativas que preserve el fin rehabilitador de la condena. El respeto a esta dignidad básica constituye una obligación del Estado, independientemente de la gravedad del delito o de la complejidad del perfil del interno.
De acuerdo con las Reglas Mandela, las reglas mínimas de las Naciones Unidas para el tratamiento de los reclusos, uno de los criterios para determinar si una persona se encuentra en aislamiento solitario es que disponga de al menos dos horas diarias de contacto humano relevante1.
¿Tiene el sistema penitenciario uruguayo condiciones para alojar a líderes de organizaciones criminales? Ante la Asamblea General, y sin brindar mayores detalles, Orsi anunció: “Este año iniciaremos la construcción de dos cárceles de máxima seguridad con estrictos controles y tecnología de punta para personas imputadas o condenadas por delitos que representan un alto riesgo para la seguridad pública”.
De los once partidos políticos que se presentaron a las elecciones nacionales de 2024, Cabildo Abierto fue el único que incluyó expresamente en su programa de gobierno la construcción de una cárcel de alta seguridad2.
La evolución
En 2015 se implementó en el piso 5 del edificio de la entonces Jefatura de Policía de Montevideo un programa de aislamiento pensado para internos vinculados a delitos de alta gravedad o con fuerte impacto mediático3. Sin embargo, con el tiempo se observó una falta de criterios claros: personas privadas de libertad por delitos de menor entidad terminaron bajo este régimen, mientras otros perfiles similares permanecían en el sistema común.
En febrero de 2016, estas instalaciones fueron acondicionadas en el módulo 12 del entonces Complejo Carcelario Santiago Vázquez (Comcar). El principal problema radicó en su régimen de funcionamiento: se estableció un esquema de restricciones que configuraba aislamiento solitario, expresamente prohibido por las normas internacionales. Los internos no tenían contacto con otras personas, no salían al patio ni accedían a actividades; el personal permanecía encapuchado y evitaba mantener diálogos con ellos, mientras que las visitas se habilitaban cada 30 días.
A fines de junio de 2018, 31 internos lograron copar el lugar y tomar a tres funcionarios como rehenes, lo que dio lugar a una tensa negociación. Finalmente, los reclusos depusieron su actitud y fueron trasladados y sancionados sin que se registraran víctimas4. Durante las horas en que controlaron el módulo, destruyeron parte importante de las instalaciones, lo que obligó a cerrar el lugar por varios meses para su reparación. Posteriormente, fue reabierto para recibir internos con perfiles diversos y destinar uno de sus sectores a la atención de salud mental gestionada por ASSE.
En 2019, la fuga de la Cárcel Central del capo mafioso italiano Rocco Morabito evidenció las graves falencias del sistema penitenciario de Uruguay.
En 2021 se redefinió el objetivo del lugar, destinando sus cuatro sectores a un régimen de “seguridad máxima especial”. Un año más tarde, en 2022, se resolvió separarlo administrativamente, pasando a denominarse Unidad 25.
En 2026, el presidente de la República anunció la construcción de dos nuevas cárceles de máxima seguridad para enfrentar el creciente desafío que representa el crimen organizado en Uruguay.
La Unidad 25
La Unidad 25 está emplazada dentro del predio de la Unidad 4 Santiago Vázquez, en Montevideo. Cuenta con una estructura administrativa propia, integrada por un director, un subdirector operativo, un subdirector técnico y un subdirector administrativo, y depende del Instituto Nacional de Rehabilitación a través de la Subdirección Nacional Operativa5.
La unidad consta de cuatro módulos, cada uno compuesto por 12 celdas, lo que limita su capacidad total a 48 plazas. Esta escala reducida es deliberada, ya que facilita un control riguroso y el cumplimiento efectivo del régimen de máxima seguridad.
Todo el recinto está monitoreado mediante un sistema integral de videovigilancia, siendo la única instalación del sistema penitenciario con cobertura de cámaras en la totalidad del edificio. Además, está rodeado por un muro de hormigón, en lugar del tradicional alambrado, y es custodiado por la Guardia Republicana.
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Las 48 celdas tienen el mismo diseño. Cada una posee dimensiones totales de 5,15 metros de largo, 2,40 metros de ancho y 2,85 metros de alto. No obstante, la incorporación de una esclusa de seguridad antes de la puerta de acceso reduce el área efectiva de alojamiento a 3,75 metros por 2,40 metros, resultando en una superficie útil de 9 metros cuadrados. Las celdas cuentan con sanitario, ducha, iluminación natural mediante una ventana al patio, cama y una mesa de trabajo. Un elemento clave de seguridad es la antecelda, un espacio intermedio delimitado por una segunda reja detrás de la puerta de acceso. Este diseño impide el contacto directo entre el interno y el personal, garantizando un acceso seguro y controlado. En cuanto a la iluminación y ventilación, cada celda dispone de dos aberturas rectangulares estrechas de 0,30 metros de ancho por 1,30 metros de alto, situadas a 0,75 metros del suelo. Cada sector presenta un diseño idéntico, con un pabellón que da acceso a dos patios grandes abiertos de 12,65 por 7,60 metros, un patio abierto más pequeño de 7,70 por 5 metros y un patio cerrado de 6,40 por 5 metros6. |
Las condiciones de habitabilidad presentan algunas limitaciones. Con la puerta cerrada, la ventilación y la iluminación natural no son ideales. La luz artificial depende de una única luminaria ubicada en la zona de la esclusa, que permanece encendida las 24 horas. Al encontrarse fuera del alcance de los internos, estos carecen de control sobre su encendido y apagado, lo que impide descansar en oscuridad total.

Imagen generada con IA
La reclusión en celdas con iluminación permanente está expresamente prohibida por la Regla 43 de las Reglas Mandela.
Los internos permanecen incomunicados entre sí, una medida fundamentada en la gravedad de los delitos cometidos y en la necesidad de prevenir vínculos que puedan derivar en actos de violencia dentro del sistema. No obstante, esta restricción debe compatibilizarse con el acceso a la educación, el esparcimiento, la salud mental y el contacto familiar.
Bajo el régimen actual, los internos permanecen en sus celdas durante 22 horas diarias, con salidas individuales al patio de entre una y dos horas.
El año pasado se incorporaron una docente y un profesor de educación física, aunque sus actividades carecen de regularidad y no alcanzan a todos los internos. Tampoco existen tratamientos ni programas de rehabilitación específicos para las personas allí alojadas, que, dada la magnitud de los delitos cometidos, requieren intervenciones especializadas.
Está permitido el uso de televisión, radio y libros como formas de distracción. También se habilita el uso de determinados electrodomésticos, ya que todas las celdas cuentan con toma de corriente y luz artificial.
La distancia física entre los internos y las puertas dificulta la comunicación, obligándolos a gritar para atraer la atención de los funcionarios policiales. Las visitas se realizan una vez por semana en un salón común y tienen una duración de dos horas, mientras que las llamadas telefónicas están habilitadas por 15 minutos diarios. Los encuentros conyugales se autorizan con una frecuencia quincenal y duran dos horas.
Asimismo, las solicitudes de traslado o de visitas especiales pueden presentarse durante los dos días semanales habilitados para tal fin.
La ocupación de la Unidad 25, integrada exclusivamente por hombres, ha crecido de forma significativa: pasó de 12 internos en 2022 a 28 en 2024 y a 38 en la actualidad. En ocasiones, también recibe reclusos provenientes de otras dependencias que han sido sancionados y trasladados por períodos de dos o tres meses. La mayoría de ellos proviene de la Unidad N.º 3 del Penal de Libertad.
Uruguay necesita más cárceles de máxima seguridad
La Unidad 25 se consolidó como el espacio de mayor restricción del sistema penitenciario uruguayo, diseñado para mitigar riesgos de alto impacto. Su evolución, desde las crisis del módulo 12 hasta su configuración actual, refleja una creciente profesionalización en la custodia de perfiles de alta complejidad.
Sin embargo, las deficiencias en las condiciones de encierro plantean desafíos estructurales que deben resolverse para asegurar que el régimen de máxima seguridad cumpla con los estándares internacionales de habitabilidad y prevención de la violencia. El rigor de la vigilancia no puede anular los derechos fundamentales consagrados en la normativa vigente.
El fortalecimiento de las organizaciones criminales en Uruguay y su creciente influencia transnacional configuran un escenario inédito que exige una respuesta estatal contundente y especializada.
En este contexto, la construcción de nuevos establecimientos de máxima seguridad no aparece únicamente como una propuesta política, sino como una necesidad operativa estratégica para desarticular las capacidades de mando y control que estas organizaciones ejercen desde el interior de las cárceles.
[1] https://www.unodc.org/documents/justice-and-prison-reform/Nelson_Mandela_Rules-S-ebook.pdf
[2] Programa de gobierno de Cabildo Abierto 2025 – 20230, Capítulo 3, 3.5.
[3] https://www.montevideo.com.uy/Noticias/INDDHH-denuncia-regimen-de-aislamiento-permanente-uc284542
[4] https://www.subrayado.com.uy/reclusos-liberaron-los-dos-policias-y-termino-el-motin-el-modulo-12-n507800
[5] Libro blanco de reforma penitenciaria en Uruguay, diciembre de 2024
[6] Informe anual 2021, Situación del sistema carcelario, Comisionado Parlamentario Penitenciario